Luego de cuatro años, se puede concluir la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo controlados en función del oportunismo.
Por Juan Félix Marteau
30/12/2019
La cuestión de los límites al acceso y la utilización de información confidencial encuentra sus fundamentos teológicos-políticos en las Sagradas Escrituras. Es conmovedora la advertencia de Dios al hombre en el Génesis: “Puedes comer de todos los árboles que hay en el jardín, excepto que específicamente el árbol del conocimiento del bien y del mal . «De él no debería venir, porque el día que lo hagas quedará sujeto a la muerte». Sabemos que -en este momento decisivo- la seducción de la mujer y la serpiente fueron más influyentes que el mandato divino. El hombre comió el fruto prohibido y, finalmente, fue desterrado del Edén.
Traducida al campo estatal, esta lección bíblica enseña que, para afianzar la seguridad y defensa de la Nación, resultando imprescindible el establecimiento de restricciones a la disponibilidad de determinado saber crítico . Esto exige la definición de un marco legal-institucional preciso que determine los presupuestos que justifiquen reunir, admirar y distribuir datos confidenciales. Además, requiere la selección de un funcionamiento con un estándar ético adecuado para evitar los apetitos comerciales, personales o de cualquier decisión que se contraponga con el interés público .
El campo específico de la llamada inteligencia financiera resulta un objeto privilegiado para comprender en qué medida los fundamentos básicos específicos se hallan en crisis en la coyuntura actual de nuestro país.
Lo primero que debe observar es la Ley 27.260, llamada eufemísticamente Programa nacional de reparación histórica para jubilados y pensionados, a la vez que se mueve el sinceramiento fiscal, transfirió el anclaje de la Unidad de Información Financiera desde el Ministerio de Justicia al Ministerio de Hacienda . Sin el menor debate parlamentario , este organismo -que controla la validez del perdón a los evasores- quedaba a las órdenes de los asesores del presidente, que promovían justamente el blanqueo.
Pero la tentación de tener mayor discreción sobre el uso de información financiera reservada fue más lejos. En la misma ley del amnistía se trastocó la lógica no solo de la Ley 25.246 sobre Lavado de activos de origen delictivo, sino también del propio Código Procesal Penal de la Nación. La UIF adquirió, al mismo tiempo, la capacidad de (i) diseminar datos confidenciales a organismos de inteligencia y de seguridad; y (ii) ocultar las “fuentes” de los mismos a jueces y fiscales.
Lo primero creado la ficción de que esta ente administrativo del tercer nivel estaba facultado para actuar con más potestades que las agencias que componen el Sistema de Inteligencia Nacional (AFI, DINIC y DENIEM), algo absolutamente vedado por la Ley 25.520. Lo segundo puso en jaque el pilar constitucional del debido proceso que exige que todas las pruebas de carga sean exhibidas a las partes para su control.
El diablo había metido la cola. Sintándose empoderados con las nuevas atribuciones genéricas otorgadas por la norma que legitimaba la evasión, los responsables de esta dependencia multiplicaron exponencialmente -por fuera de lo que autoriza la Ley 25.246- los «Informes de Inteligencia «. Mediante estos documentos reservados esta agencia se arrogó la facultad de ordenar (¡u obstaculizar!) La circulación de insumos que comprometen a individuos, empresarios y políticos a partir de la mera voluntad unilateral de sus jefes , ya que hasta los miembros del Consejo asesor directamente de esta tarea.
Debe tenerse presente que la UIF es también querellante selectiva en causas penales , incluidas las específicas en las que se investigan a “la asociación ilícita que gobernó el país entre 2003-2015”, según han difundido sus directivos en una serie infinita de reuniones internacionales. El nuevo régimen de vocería oficial mostraba la superficialidad con la que el Poder Ejecutivo pretendía influir en la prensa y la justicia respecto a su compromiso en los asuntos criminales más sensibles.
Luego de cuatro años de consignas salvíficas sobre la “república y la transparencia”, se puede concluir que la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo degradándose en función del oportunismo de las facciones que arriban al poder.
Considerando estos antecedentes, se hace extremadamente significativo que la opinión pública especializada siga de cerca la investigación abierta en la Justicia Federal de la Capital Federal para determinar la posible filtración de información financiera para coaccionar a ciudadanos y magistrados -incluidos jueces de la Corte Suprema de Justicia .
Con vistas a las reformas anunciadas en esta materia, es relevante también el nuevo Gobierno tome debida nota de esta experiencia retorcida, ya que nuestra sociedad no resiste más la apropiación de los dispositivos específicos para beneficios de unos pocos.
Sea delito o pecado, es siempre conveniente reflexionar la paradoja que vivió el primer hombre y la primera mujer en el mismo momento en quebraron la regla del conocimiento privilegiado: enseguida descubrieron que estaban “desnudos” y sintieron “vergüenza” (Gn 3, 7 )
Juan Félix Marteau es Presidente de FININT. Ex representante argentino ante GAFI / GAFI.
Fuente: Clarin